Por esa razón, requieren contar con un capital social bastante más cuantioso que el de aquellas, que les permita un mayor respaldo frente a las demandas crediticias de sus clientes y afrontar sin problemas eventuales situaciones difíciles.
En el Perú, en el trimestre julio-septiembre del presente año, los bancos están obligados a mantener un capital social mínimo de S/ 27.27 millones (equivalente a US$ 7.7 millones), tal como se aprecia en el siguiente cuadro publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, entidad encargada de supervisar el desempeño de las empresas del sistema financiero. Dicho monto se actualiza trimestralmente, de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Por Mayor.
En el cuadro también se observa que los bancos de inversión están obligados a mantener el mismo capital social, en razón de las operaciones de gran envergadura que realizan, estableciendo nexos directos entre inversionistas.
Les siguen en monto de capital exigible las Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario, las Empresas de Seguros y Reaseguros y las Empresas Financieras y Cajas Municipales de Ahorro y Crédito.
1 comentario:
Muchas gracias al blog BBVA porque gracias a este banco pude obtener un préstamo que solucionó mi vida y la continuación de mi negocio, y a que nos encontrábamos en quiebra.
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