En el Perú, las calidades migratorias se hallan establecidas por el Decreto Legislativo 1350, de Migraciones, dado en enero del año 2017 y reglamentado por el Decreto Supremo 007-2017, de marzo del mismo año.
Son de dos tipos: Temporal y Residencia.
Las Temporales pueden ser (o estar derivadas de):
Las de Residencia pueden ser:
Son de dos tipos: Temporal y Residencia.
Las Temporales pueden ser (o estar derivadas de):
- Acuerdos internacionales
 - Artística o deportiva
 - Especial
 - Formación/Investigación temporal
 - Negocios
 - Trabajador/Designado Temporal
 - Periodismo
 - Turista
 - Tripulante
 
Las de Residencia pueden ser:
- Cooperante
 - Designado
 - Formación
 - Religioso
 - Intercambio
 - Inversionista
 - Investigación
 - Trabajador
 - Familiar de residente
 - Suspendida
 - Humanitaria
 - Rentista
 - Permanente
 - Convenios internacionales
 - Consular
 - Diplomático
 - Oficial
 - Familiar de oficial
 
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