En el Perú, las calidades migratorias se hallan establecidas por el Decreto Legislativo 1350, de Migraciones, dado en enero del año 2017 y reglamentado por el Decreto Supremo 007-2017, de marzo del mismo año.
Son de dos tipos: Temporal y Residencia.
Las Temporales pueden ser (o estar derivadas de):
Las de Residencia pueden ser:
Son de dos tipos: Temporal y Residencia.
Las Temporales pueden ser (o estar derivadas de):
- Acuerdos internacionales
- Artística o deportiva
- Especial
- Formación/Investigación temporal
- Negocios
- Trabajador/Designado Temporal
- Periodismo
- Turista
- Tripulante
Las de Residencia pueden ser:
- Cooperante
- Designado
- Formación
- Religioso
- Intercambio
- Inversionista
- Investigación
- Trabajador
- Familiar de residente
- Suspendida
- Humanitaria
- Rentista
- Permanente
- Convenios internacionales
- Consular
- Diplomático
- Oficial
- Familiar de oficial
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